VISTO:
Las recientes ampliaciones de la cuadrícula urbana de nuestra Ciudad en los distintos sectores de nuestra Comunidad que dan como resultado la formación de nuevas manzanas y por consiguiente las aperturas de nuevas calles públicas, y
CONSIDERANDO:
Que en consecuencia, estas nuevas arterias públicas, como así también algunas de las existentes, deben poseer un nombre que las identifique.-
Que por tal motivo el área de Obras y Servicios Públicos, propone colocar los nombres de países de América que faltan nominar en la traza urbana de la Ciudad de Oncativo, siguiendo con el mismo criterio utilizado hasta el presente en dicha zona.-
Que a tal efecto se adjuntan planos de las calles de referencia, estando ubicadas las mismas en Barrio Hipotecario, paralelas a calle El Salvador, entre calles Juan Pablo II, Guatemala, Uruguay y Cuba, las que consideramos conveniente que se llamen con nombres de países al igual que las calles del resto del barrio.-
Que asimismo es necesario colocarles nombres a la calle paralela a la Ruta Provincial que une Oncativo con Colonia Almada, del barrio ubicado en el llamado loteo Viano y que se estima apropiado denominarlas con nombres de árboles.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
DESIGNASE con los nombres que a continuación se detallan, las siguientes calles públicas, en un todo de acuerdo a los planos que pasan a formar parte integrante de la presente:
A) Denominase: “JAMAICA” a la calle ubicada entre calles Uruguay y Guatemala .-
B) Denominase: “ REPUBLICA DOMINICANA” a la calle ubicada entre calles Cuba y Guatemala
C) Denominase : “ PUERTO RICO” a la calle ubicada entre calles Cuba y Juan Pablo I
D) Denominase: “LOS ÁLAMOS” a la calle ubicada en el llamado Loteo Viano, calle paralela a la Ruta Provincial que une Oncativo con Colonia Almada.-
Artículo Segundo:
DISPONESE a la colocación de placas con los nombres identificatorios de las nomenclaturas de las calles especificadas en el artículo precedente .-
Artículo Tercero:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo Cuarto:
De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-
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