Ordenanza Nº1834/07

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual solicita se acepte la donación efectuada por la Sra. Estela María Marchegiani de Beccerica, de espacios de terreno de su propiedad, para ser afectados a calles y paseos públicos; y

CONSIDERANDO:
Que los espacios de terreno a afectar para calles son parte de los lotes Nº 3 y 6, designados en catastro de la Pcia como parcela Nº 262-1763 y 262-1863, a través del plano de Mensura, Unión, Subdivisión y Loteo, ejecutado por la Ingeniera Agrimensora Cecilia Chialvo, Matrícula Profesional Nº 1154/1.-
Que es atribución de este Concejo aceptar las donaciones que le hicieren al Estado Municipal.-
Que conforme lo informa la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de este Municipio con relación al plano antes mencionado, la disposición de los lotes como así también la traza y dimensiones de las calles se encuentran aprobadas teniendo en cuenta la Ordenanza General de Edificación y Urbanización, para el sector geográfico donde se encuentra ubicado este Loteo, motivo por el cual este Cuerpo se expresa a favor de su aceptación y aprobación.
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
ACÉPTESE la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Oncativo por Sra. Estela María Marchegiani de Beccerica, de espacios de terreno de su propiedad, para ser afectados a calles y paseos públicos, los cuales son parte de los lotes Nº 3 y 6, designados en catastro de la Pcia como parcela Nº 262-1763 y 262-1863, a través del plano de Mensura, Unión, Subdivisión y Loteo, ejecutado por la Ingeniera Agrimensora Cecilia Chialvo, Matrícula Profesional Nº 1154/1, el que para mayor ilustración pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo:
AFÉCTESE a calle pública, los lotes descriptos en el artículo precedente.-

Artículo Tercero:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Cuarto:
De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

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