Ordenanza Nº1863/08

VISTO:
La siniestralidad vial, con mayor ocurrencia en las esquinas de mayor flujo vehicular coincidente en la zona céntrica.-
Los inconvenientes y congestionamientos generados en las esquinas por la interpretación de la prioridad de la mano derecha establecida como norma general.-
Las normas generales que regulan el tránsito que establecen un principio general para todas las encrucijadas en las cuales la prioridad de paso corresponde al vehículo que transita por la derecha ( Ley Provincial Nº 9169).-
Los usos y costumbres de nuestra Ciudad que establecen un orden jerárquico en las intersecciones y la particularidad de convivencia con la Ruta Nacional que atraviesa la Ciudad, calles que se incorporan a la circulación de otra de mayor flujo y la presencia de callejuelas con anchos reducidos.-
La necesidad de ordenar la circulación y establecer las prioridades de acuerdo a la intensidad del tránsito de las distinta calzadas de áreas congestionadas.-
Los beneficios que la señalización de prioridad proporciona en materia de seguridad vial, particularmente en las intersecciones céntricas más neurálgicas.-

CONSIDERANDO:
Que es necesario un ordenamiento que permita una mayor seguridad y fluidez en el tránsito.-
Que es necesario establecer un orden de prioridad en las esquinas del centro, sobre calles de mayor circulación.-
Que permitirá una mayor fluidez en la circulación, reconociendo la prioridad de paso a las arterias con mayor intensidad en la circulación vehicular.-
Que es necesario para una rápida interpretación la colocación de señalización vertical que comunique en forma clara y precisa la prioridad establecida para esa boca calle.-.
Que a modo de prueba piloto dicha cartelería se colocará en las esquinas comprendidas en el sector norte entre vías férreas y Rivadavia entre Alem e Intendente Matta y el sector sur entre 25 de Mayo y vías férreas entre Paso y Castelli.-
Que la colocación de cartelería fija redundará en una mayor seguridad vial en general y una mejor internalización por parte de la población del uso de la prioridad.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Art.Nº 1).-
DISPONESE la instalación de señales reglamentarias de “PARE” y “CEDA EL PASO” en intersecciones del radio urbano de la Ciudad de Oncativo, que determina la cesión de la prioridad de paso a favor de aquellos vehículos que circulen por la vía perpendicular, conforme las previsiones del Art. 52 inc. 1º de la Ley Provincial de Tránsito Nº 9169 ( texto ordenado Ley Provincia Nº 8560)

Art.Nº 2).-
La señal de “PARE”, indica la obligación para todo conductor de detener totalmente la marcha de su vehículo antes de ingresar a la intersección, ante la próxima línea de detención o, si no estuviere demarcada inmediatamente antes de ingresar a la intersección, y ceder el paso a los vehículos que circulen por la arteria a la que se aproxime, cualquiera sea el sentido en que lo hagan, pudiendo reanudar la marcha una vez que se haya asegurado que la vía se encuentre libre de tránsito próximo al que pueda dificultar o entorpecer.-
Art. Nº 3).-
La señal de “CEDA EL PASO”, indica la obligación para todo conductor de ceder el paso en la próxima intersección, a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproximen. Solo podrán atravesarla o acceder a la misma cuando no alteren su trayectoria y/o velocidad de los vehículos que circulen por esa otra arteria.-
Art.Nº 4).-
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a colocar en forma progresiva, en el marco de la planificación urbana en materia de jerarquización vial, la señalización reglamentaria aludida en la presente Ordenanza, en las siguientes intersecciones:
A) Señal de “PARE” sobre calle Hipólito Irigoyen e Italia, en las arterias que desembocan a Av. San Martín ( Ruta Nacional Nº 9)
B) Señal de “PARE” sobre calle Coronel Punch y Moreno, en las arterias que desembocan a calle 25 de Mayo.-
C) Señal de “PARE” sobre calle 9 de Julio y Vélez Sarsfield en las arterias que desembocan en intersección Belgrano.-
D) Señal de “PARE” sobre calle La Tablada en la arteria que desemboca en intersección Las Heras .-
E) Señal de “PARE” sobre calle Bulnes en la arteria que desemboca en intersección 9 De Julio .-
F) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calles Alem, Hipólito Irigoyen y Las Heras en las arterias que acceden a calle Belgrano .-
G) Señal de “ CEDA EL PASO” sobre calles Alem, Hipólito Irigoyen, Vélez Sarsfield, Las Heras e Intendente Matta en las arterias que acceden a calle Rivadavia .-
H) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calles La Tablada e Ituzaingo en las arterias que acceden a calle Intendente Matta .-
I) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calles la Tablada e Ituzaingo en las arterias que acceden a calle Alem .-
J) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calle Ituzaingo en la arteria que accede a calle Hipólito Irigoyen .-
K) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calle Ituzaingo en la arteria que accede a calle Vélez Sarsfield .-
L) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calle Ituzaingo en la arteria que accede a calle Las Heras .-
M) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calle 25 de Mayo en la arteria que accede a Paso .-
N) Señal de “CEDA EL PASO” sobre calle 25 de Mayo en la arteria que accede a Castelli .-

Art. Nº 5)

El conductor que incurriera en contravención a las disposiciones de la presente Ordenanza reglamentaria de la seguridad vial, será sancionado de acuerdo a lo establecido en el Código Regional de Faltas y legislación vigente .-

Art. Nº 6).-
De forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

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