VISTO:
El Proyecto de Ordenanza por el que se dispone la ejecución de la obra de Red de Distribución de Agua Potable y conducto de Nexo, en él loteo de propiedad del Municipio ubicado sobre Ruta Nacional Nº 9, denominado según anteproyecto como POLO INDUSTRIAL, y autoriza la contratación en forma directa a la Cooperativa Eléctrica de Servicios y Obras Públicas de Oncativo Ltda. (CESOPOL) para su realización, y
CONSIDERANDO:
Que en él loteo de referencia se tiene destinado este sector a la radicación de pequeños y medianos proyectos de desarrollo productivo, con la finalidad de crear en dicha zona un nido de empresas llamado “Polo Industrial Oncativo”.
Que en mérito a ello corresponde dotar a esos terrenos además de la infraestructura de energía eléctrica en media y baja tensión, el armado electromecánico transformadora tipo urbana biposte ya existente, Y de la Red de Agua Potable y conducto de nexo.-
Que la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Oncativo Ltda. (CESOPOL) es la única empresa local con recursos humanos y técnicos capaz de ejecutar el proyecto de referencia.-
Que desde siempre ha sido una práctica habitual en este Municipio contratar en forma directa a la Cooperativa local para la realización de obras de infraestructura como la de referencia.-
Que el monto cotizado por la Cooperativa incluye mano de obra, equipamiento, materiales, proyecto, Representación y Dirección Técnica.
Que el mismo se ajusta a los valores de plaza, motivo por el cual este Honorable cuerpo se expide a favor de aprobar la ejecución de la obra, y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa la ejecución de la misma.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art.Nº 1).-
DISPONESE la ejecución de la obra de Red de Distribución de Agua Potable y Conducto de Nexo en él loteo de propiedad del Municipio, denominado según anteproyecto como “Polo Industrial” ubicado sobre Ruta Nacional Nº 9 de la Ciudad de Oncativo.-
Art.Nº 2).-
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con la Cooperativa Eléctrica De Servicios y Obras Públicas de Oncativo Ltda.. ( CESOPOL), la ejecución de la obra de infraestructura precitada, por un monto que no supere la suma de pesos setenta y dos mil ochocientos diesiete ($ 72.817,-), estando comprendido en este importe Mano de Obra, Equipamiento, Materiales, Proyecto, Representación y Dirección Técnica.-
Art.Nº 3).-
FACULTASE al Señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para dar cumplimiento con el objeto de la presente norma.-
Art.Nº 4).-
COMUNÍQUESE a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Art.Nº 5).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO AL PRIMER DÍA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
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