VISTO:
El Proyecto de Ordenanza iniciado por Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se somete a referéndum del Concejo Deliberante la compra del edificio a los Sres. Carlos Ricardo Romero, Adriana Raquel Banús, Pedro Cesar Tato y Mirta Regina Santellan: y
CONSIDERANDO:
Que el mismo es parte integrante del edificio del Centro Cívico Municipal.-
Que el edificio tiene una superficie total de o
chenta y un metros doce centímetros cuadrados ( 81,12mts2).-
Que la realidad inmobiliaria de Oncativo, hace estimar razonable el precio pactado por el Ejecutivo Municipal para su compra.-
Que como surge del contrato respectivo, el precio comprende el inmueble que se entregará en el estado de conservación que se encuentra.-
Que siendo un bien único en su tipo como se ha expresado, atento a que estructuralmente, forma parte del edificio mayor del Centro Cívico Municipal, solo la vía de la compra directa posibilita su adquisición.-
Que habiéndose suscripto un contrato ad-referéndum del Honorable Concejo Deliberante, es en definitiva este Cuerpo quien debe decidir sobre su aceptación o rechazo.-
Que en mérito a lo expresado, este Honorable Cuerpo estima conveniente para los intereses de la comunidad de Oncativo, aprobar lo actuado por el Ejecutivo Municipal, ratificar el contrato suscripto por éste, disponiendo consecuentemente la compra en forma directa a los Señores Carlos Ricardo Romero, Adriana Raquel Banús, Pedro Cesar Tato y Mirta Regina Santellan autorizando a suscribir la correspondiente escritura traslativa de domino.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
APRUEBASE lo actuado por el Departamento Ejecutivo Municipal, con motivo de las negociaciones realizadas para la compra del edificio sito en la calle Castelli Nº 123 que es parte integrante del edificio del Centro Cívico Municipal a los Sres. los Señores Carlos Ricardo Romero, Adriana Raquel Banús, Pedro Cesar Tato y Mirta Regina Santellan, autorizando a suscribir la correspondiente escritura traslativa de domino.-
Artículo Segundo:
RATIFÍCASE el contrato de compra venta suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal ad-referéndum del Concejo Deliberante, y consecuentemente; DISPÓNESE la compra en forma directa del edificio a los Señores Carlos Ricardo Romero, Adriana Raquel Banús, Pedro Cesar Tato y Mirta Regina Santellan autorizarlo a suscribir la correspondiente escritura traslativa de domino, en un precio que no supere la suma de Dolares: Cincuenta y cinco mil ($ 55.000,00) pagaderos en los términos y condiciones que surgen del citado contrato, el que para mayor abundamiento pasa a formar parte integrante de esta Ordenanza.
Artículo Tercero:
AUTORIZÁSE a suscribir la correspondiente escritura traslativa de dominio y a efectuar el pago del precio, gastos notariales, fiscales y honorarios, en los plazos y condiciones pactadas en el contrato precitado.
Artículo Cuarto:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo Quinto:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIÚN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.–
ShareENE
