Ordenanza Nº2203/16

VISTO

La nota de solicitud elevada por la Dirección de Obras Publicas referida al pedido de autorización de visación del plano de Mensura Unión y Subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Marcos Giacinti M.P. 2301 de un inmueble de propiedad del Sres: Vaschetto Gabriel, Vaschetto María Elisa, Vaschetto Mariano y Vaschetto Luís María, y

CONSIDERANDO:

Que desde la Dirección de Obras Públicas no se puede aprobar esta subdivisión ya que no se ajusta en algunos aspectos a la normativa vigente por lo que se hace necesario un tratamiento en particular por parte del Honorable Concejo Deliberante.-

Que según la nota de elevación presentada por el Director de Obras Públicas, Arq. Alberto Lehman, los aspectos que no se encuadran en la Ordenanza General de Edificación y Urbanización son la dimensión de la calle de ingreso al sector desde la calle Juan Domingo Perón, que no cumple con las dimensiones mínimas de ancho de diecisiete (17) metros, debido a que las construcciones linderas impiden mayor ancho y una traza irregular con un solo acceso en donde se debió generar un “cul de sac”, una solución urbanística que debe ser aprobada con tratamiento particular.

Que atento el informe del área de Obras Públicas del Municipio la subdivisión proyectada según el plano responde a edificaciones preexistentes y es de larga data, cuando la normativa vigente en ese momento permitía dicha subdivisión.-

Que la solicitud en tratamiento, por tratarse de una excepción a la normativa general, debe ser interpretada con criterio restrictivo y atendiendo a las circunstancias concretas del caso, por lo que teniendo en cuenta lo mencionado precedentemente y en forma absolutamente excepcional este Cuerpo se expresa a favor de su aprobación y afectación.-

Que previo a la aprobación definitiva se deberá dar cumplimiento a dotar a todos los lotes resultantes de la infraestructura requerida (gas natural, alumbrado público, agua corriente y pavimento).

Que atento a ello corresponde aprobar el loteo en cuestión.-

Por todo lo expuesto,

                                 

 

 

                                EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                                              DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

                                                      O R D E N A N Z A

 

Artículo Primero:

AUTORÍZASE la Visacion del Plano de Mensura Unión y Subdivisión confeccionado por el Ingeniero Civil Marcos Giacinti M.P. 2301 de un inmueble de propiedad de los Sres. Vaschetto Gabriel, Vaschetto María Elisa, Vaschetto Mariano y Vaschetto Luís María, que se describe en los considerandos de la presente.-

Artículo Segundo:

ACÉPTESE lo dispuesto en el artículo anterior, aprobando el correspondiente Plano de Mensura, Unión y Subdivisión, el cual pasará a formar parte integrante de la presente Ordenanza.-

Artículo Tercero:

REMITASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Artículo Cuarto:

De forma.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIESINUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE   DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS –

 

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