Ordenanza Nº2244

VISTO:

El Expediente Nº 076/17 mediante el cual los propietarios del Loteo de la Flia. Dottori, proponen denominar calle del barrio, y

 

CONSIDERANDO:

Que como toda vía de circulación terrestre, merece estar identificada por una denominación específica para su individualización.-

Que por iniciativa de los propietarios del Loteo de la Flia. Dottori

Que como conclusión de esa tarea, se solicito a este Municipio la posibilidad de nominar al nuevo acceso de la Ciudad, con el nombre de Cura Brochero

Que José Gabriel “El Cura” Brochero, es el primer santo cien por ciento argentino, o sea, que nació, se santificó y murió en la Argentina, es el modelo de sacerdote que le gusta al Papa Francisco: que sale al encuentro de la gente, que la acompaña en sus gozos y padecimientos, que contribuye a que vivan dignamente. Y, en fin, que procura una comunidad más integrada y solidaria.

Que este Concejo interpretó acabadamente los fundamentos que dieron lugar a esta iniciativa, y en mérito a la importancia de la arteria en cuestión, entiende que es de estricta justicia, que esa calle lleve el nombre del extinto “ Cura Brochero”

Por todo lo expuesto,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones,

sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

Artículo Primero:

IMPÓNESE el nombre de CURA BROCHERO, a la calle perteneciente al loteo de nuestra ciudad que se encuentra en el sector nor-oeste originado por la familia Dottori en tierras de su propiedad, la cual tiene origen en la actual calle Libertad llegando hasta la actual calle La Plata.-

 

 

Artículo Segundo:

AUTORíZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las erogaciones que fueren necesarias, para realizar la señalética vertical que identifique a esa vía de comunicación terrestre, con el nombre impuesto a través de la presente normativa.-

 

Artículo Tercero:

REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

 

Artículo Cuarto:

De forma.

 

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA Y UN DÍA  DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

 

0