O R D E N A N Z A Nº 2 2 4 9 / 1 7
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza del DEM, de modificación en su Artículo 41 – Capitulo II – Concesión de Nichos – Título IX, establecida en la Ordenanza Tarifaria Nº 2213/16, Año 2017, y
CONSIDERANDO:
Que dicho proyecto se debe a la necesidad de fijar precio a un grupo de nicheras nuevo construido en el Cementerio Municipal.-
Que el mismo cubre la necesidad urgente debido a la falta de espacio en el Cementerio.-
Que para la obra se procedió a la compra de dos bloques de nichos prefabricados de veinte (20) unidades cada uno, unido por una galería Central.-
Que además se realizó una platea de hormigón armado como estructura de cimiento y piso, y la toma de juntas de los elementos y su posterior pintura, de todo lo cual surge una inversión aproximada de Pesos: Cinco mil ($ 5.000,00) por cada nicho.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
MODIFÍQUESE Y AGREGUÉSE a la Ordenanza Tarifaria Nº 2213/16 Año 2017- Titulo IX, Capitulo II, Artículo 41, lo siguiente:
NICHOS GRUPO 30
1) Concesión de nichos 2da. y 3ra. fila a dos años $ 6.500,00
2) Concesión de nichos 1era. y 4ta. fila a 2 años $ 5.650,00
3) Concesión de nichos 2da. y 3ra. fila a 5 años $ 8.850,00
4) Concesión de nichos 1era., y 4ta. fila a 5 años $ 7.700,00
Artículo Segundo:
De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-
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