VISTO:
La disponibilidad de dos etapas del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba, y
CONSIDERANDO:
Que el DEM solicita la autorización de este cuerpo para tomar 2 (dos) etapas del préstamo del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales de hasta $ 450.000,00 (pesos: cuatrocientos cincuenta mil), cada una comprometiendo y autorizando el descuento automático de nuestra coparticipación de 36 pagos mensuales de $ 12.500,00 ( pesos: doce mil quinientos) por cada tramo.-
Que a los fines de gestionar el cobro en forma total, es aconsejable hacer las autorizaciones en una sola Ordenanza, detallando en su articulado el monto y destino de cada préstamo.-
Que es intención del Departamento Ejecutivo Municipal destinar los fondos de las dos etapas al financiamiento de las obras de pavimento y cloacas para nuestra ciudad.-
Que por tratarse de una obra dirigida a mejorar la calidad de vida de los vecinos a los que alcanza, este cuerpo estima conveniente autorizar la solicitud en cuestión.-
Por todo lo expuesto
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a tomar 2 (DOS) cuotas, destinadas al financiamiento de obras de pavimento y cloacas de nuestra ciudad, del Fondo Permanente de Financiamiento de Gobiernos Locales del Gobierno de la Provincia de Córdoba de hasta $ 450.000,00 (pesos cuatrocientos cincuenta mil) cada una, comprometiendo y autorizando el descuento automático de la Coparticipación Municipal de 36 (treinta y seis) pagos mensuales de de $ 12.500,00 (pesos doce mil quinientos) por cada tramo.-
Artículo Segundo:
De forma:
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.–
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JUL
