Ordenanza Nº2287

                           

 VISTO

Que es indudable que existe en nuestra sociedad un reclamo generalizado de transparencia en el obrar administrativo y en la gestión de los asuntos públicos, y

 CONSIDERANDO

Que hoy las nuevas tecnologías nos dan la posibilidad de estar al día con la transparencia, participación, modernización y claridad en la información.

Que tener acceso a los datos de la Administración Municipal, garantiza la transparencia, fomente la eficiencia y la igualdad de oportunidades.

Que la disponibilidad de la información ayuda a fortalecer la democracia local, a generar más libertad y más participación de los ciudadanos en las políticas públicas.

Que esta operatoria es la que finalmente se concreta mediante la presente Ordenanza y sus normas complementarias.

Que en nuestro municipio ya existe un área de Comunicación y Difusión.

Que los ciudadanos tienen derecho a conocer la información del funcionamiento del municipio.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.

 

 

                EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                                   de la Ciudad de Oncativo                                     

                                    Sanciona con Fuerza de

                                            ORDENANZA

 Artículo Primero:

 FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que conforme el principio de publicidad de los actos de gobiernos, emita información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquiera de los órganos pertenecientes a la Administración pública de la Municipalidad a los vecinos de nuestra ciudad.-

 Artículo Segundo:

PUBLIQUESE  en la página Web oficial de la Municipalidad la información presupuestaria ejecutada mensualmente, los llamados a Concursos de Precios, Procesos de Selección y Licitación Pública  para compras y contrataciones, y la nómina completa de las autoridades políticas y agentes municipales que presten servicios remunerados en el municipio, en cualquiera de sus dependencias, consignándose su categoría y área donde se desempeña.-

Artículo Tercero:

ELEVESE copia al departamento Ejecutivo Municipal, PUBLIQUESE y ARCHIVESE.

Artículo Cuarto:

De forma.

Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Oncativo, a los  veintitres días del mes de Julio del año dos mil dieciocho.-

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