VISTO
Que es indudable que existe en nuestra sociedad un reclamo generalizado de transparencia en el obrar administrativo y en la gestión de los asuntos públicos, y
CONSIDERANDO
Que hoy las nuevas tecnologías nos dan la posibilidad de estar al día con la transparencia, participación, modernización y claridad en la información.
Que tener acceso a los datos de la Administración Municipal, garantiza la transparencia, fomente la eficiencia y la igualdad de oportunidades.
Que la disponibilidad de la información ayuda a fortalecer la democracia local, a generar más libertad y más participación de los ciudadanos en las políticas públicas.
Que esta operatoria es la que finalmente se concreta mediante la presente Ordenanza y sus normas complementarias.
Que en nuestro municipio ya existe un área de Comunicación y Difusión.
Que los ciudadanos tienen derecho a conocer la información del funcionamiento del municipio.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal Nº 8102.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
de la Ciudad de Oncativo
Sanciona con Fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que conforme el principio de publicidad de los actos de gobiernos, emita información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquiera de los órganos pertenecientes a la Administración pública de la Municipalidad a los vecinos de nuestra ciudad.-
Artículo Segundo:
PUBLIQUESE en la página Web oficial de la Municipalidad la información presupuestaria ejecutada mensualmente, los llamados a Concursos de Precios, Procesos de Selección y Licitación Pública para compras y contrataciones, y la nómina completa de las autoridades políticas y agentes municipales que presten servicios remunerados en el municipio, en cualquiera de sus dependencias, consignándose su categoría y área donde se desempeña.-
Artículo Tercero:
ELEVESE copia al departamento Ejecutivo Municipal, PUBLIQUESE y ARCHIVESE.
Artículo Cuarto:
De forma.
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Oncativo, a los veintitres días del mes de Julio del año dos mil dieciocho.-
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