VISTO:
Que con fecha 30 de Julio de dos mil dieciocho se ha suscripto la Adenda al Convenio de Adhesión al “Plan de Federalización de la Gestión de Comedores P.A.I.Cor del Interior Provincial, y
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo de la Provincia dicto el Decreto Nº 474 el 29 de abril de 2016 por el cual se creó “Plan de Federalización de la Gestión de Comedores P.A.I.Cor del Interior Provincial”.-
Que en virtud de ello la Municipalidad de Oncativo adhirió el citado convenio, ratificada por Ordenanza Nº 2196/16 por éste cuerpo.-
Que mediante la presente Adenda se incorpora la posibilidad que los gobiernos locales provean servicios auxiliares.-
Que para financiar las erogaciones de los servicios auxiliares, la Provincia transferirá recursos y fondos necesarios para la implementación de éste acuerdo.-
Que la Provincia cuenta con un programa de prestación de servicios comunitarios ejecutados en Establecimientos Educacionales Públicos denominado “AUXILIARES DE COCINA EN COMEDORES ESCOLARES”, cuyos beneficiarios cuentan con experiencia necesaria para desarrollar eficazmente esas funciones.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
RATIFICASE la Adenda al convenio de adhesión al “Plan de Federalización de la Gestión de Comedores P.A.I.Cor del Interior Provincial” Decreto Nº 474/16, Ordenanza Nº 2196/16.-
Artículo Segundo:
COMUNIQUESE, Publíquese, Dese al Registro Municipal y ARCHIVESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISES DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
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FEB
