VISTO:
Las Ordenanzas Nº 2161/ 15 y Nº 2200/16; y
CONSIDERANDO:
Que la “Asociación de Padres y Amigos de la Escuela Fray Mamerto Esquiu, Centro Educativo, Taller Protegido”, recibió en COMODATO por el término de 180 días el inmueble donde actualmente funciona el Taller Protegido.-
Que la mencionada Cesión, se hizo teniendo en cuenta la necesidad de la Asociación de regularizar su situación institucional con respecto a la normativa vigente.-
Que la “Asociación de padres y Amigos de la Escuela, Fray Mamerto Esquiu, centro Educativo, Taller Protegido”, no ha logrado aún la regularización jurídica correspondiente, tarea que viene desarrollando con gran esfuerzo.-
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a prorrogar hasta el 30 de Abril del año 2021 el COMODATO suscripto con la “Asociación de Padres y Amigos de la Escuela Fray Mamerto Esquiu, Centro Educativo, Taller Protegido”, de Cesión Precaria del inmueble donde funciona dicho Taller, ubicado sobre Avenida San Martín, contiguo a la Estación Terminal de Ómnibus.-.
Artículo Segundo
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL
O
O
JUL
