VISTO:
La necesidad de autorizar el valor de los lotes donde se han construido TREINTA Y SIETE (37) Viviendas de la Operatoria PLAN.MU.VI. según Ordenanza Nº 1960/11 y su reglamentación; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza que regula la operatoria del PLAN.MU.VI. había fijado que cuando se entregaran las viviendas se iba a fijar el valor de los terrenos.-
Que es necesario autorizar el valor de los lotes propuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal, para que se pueda comenzar a cobrar la cuota del terreno.-
Que las cotizaciones de dichos lotes fueron efectuadas por distintas inmobiliarias de nuestra Ciudad, de acuerdo a la realidad del mercado inmobiliario local, conforme lo establece la Ordenanza que se dicto en su oportunidad cuando se creó el PLAN.MU.VI.-
Que de acuerdo a dicha Ordenanza, de los valores mencionados en la presente, los que opten por cancelarlo de contado pagarán un 50% (cincuenta por ciento) de ese valor, los que abonen en hasta cinco (5) años pagarán un 65% (sesenta y cinco por ciento) y los que abonen en hasta diez (10) años pagarán un 75% (setenta y cinco por ciento).–
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Nº 1
AUTORICESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a valorizar los siguientes lotes donde se han construido treinta y siete (37) viviendas de la Operatoria PLAN.MU.VI. los que cuentan con los servicios de energía eléctrica, agua corriente y alumbrado público. •Lotes 100sobre calle Soberanía Nacional, Mzna. Catastral 186, Pesos Tres millones ochocientos veinticinco mil ($3.825.000,00), •Lote 118 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 186, Pesos Tres millones ochocientos veinticinco mil ($3.825.000,00) •Lotes 101, 102 y 103sobre calle Soberanía Nacional, Mzna. Catastral 186, Pesos Tres millones trescientos mil ($3.300.000,00), cada uno. •Lotes 119, 120 y 121 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 186, Pesos Tres millones doscientos mil ($3.200.000,00) cada uno., •Lote 100 sobre calle Puerto Argentino, Mzna. Catastral 187 Pesos Tres millones ochocientos veinticinco mil ($3.825.000,00). •Lotes 101, 102, 105 y 106 sobre calle Puerto Argentino, Mzna. Catastral 187, Pesos Tres millones cien mil ($3.100.000,00) cada uno, •Lotes 114 y 115 sobre calle Soberanía Nacional, Mzna. Catastral 187, Pesos Tres millones doscientos cincuenta mil ($3.250.000,00) cada uno. •Lote 116 sobre calle Soberanía Nacional, Mzna. Catastral 187, Pesos Tres millones trescientos mil ($3.300.000,00). •Lote117 sobre calle Soberanía Nacional, Mzna. Catastral 187, Pesos Tres millones doscientos setenta y cinco mil ($3.275.000,00), •Lote 118 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 187, Pesos Tres millones ochocientos veinticinco mil ($3.825.000,00). •Lotes119, 120 y 121s obre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 187, Pesos Tres millones doscientos mil ($3.200.000,00) cada uno, •Lotes 101 y 102 sobre calle 2 de Abril Mzna. Catastral 188, Pesos Tres millones cien mil ($3.100.000,00) cada uno. •Lotes 112, 113, 116 y 117 sobre calle Puerto Argentino, Mzna. Catastral 188, Pesos Tres millones cien mil ($3.100.000,00) cada uno. •Lote 118 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 188, Pesos Tres millones ochocientos veinticinco mil ($3.825.000,00). •Lotes 119, 120 y 121 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 188, Pesos Tres millones doscientos mil ($3.200.000,00), cada uno. •Lotes 116 y 117 sobre calle 2 de Abril, Mzna. Catastral 189, Pesos Tres millones cien mil ($3.100.000,00), cada uno. •Lote 118 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 189, Pesos Tres millones ochocientos veinticinco mil ($3.825.000,00). •Lote 119, 120 y 121 sobre calle Entre Ríos, Mzna. Catastral 189, Pesos Tres millones doscientos mil ($3.200.000,00).
Artículo Nº 2
DISPONESE como modalidad de pago la siguiente:
- 50% (cincuenta por ciento) del valor cuando se opte por la cancelación de contado, •65% (sesenta y cinco por ciento) del valor cuando se opte por la cancelación en hasta (5) cinco años y •75% (setenta y cinco por ciento) del valor cuando se opte por la cancelación en hasta (10) diez año. Los valores de las cuotas resultantes en función al plan de pagos suscripto, se actualizarán cuatrimestralmente de igual forma que el valor del metro cuadrado de construcción, de acuerdo a lo establecido por Ordenanza 1960/11 y su reglamentación.
Artículo Nº 3
REMITASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Nº4
De Forma
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
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OCT
