VISTO:
El proyecto de Ordenanza que regula la obligación, para los funcionarios políticos de la Municipalidad de presentar Declaración Jurada Patrimonial; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 111 de la Ley Orgánica Municipal nº 8102, establece que las autoridades que ocupan cargos electivos o políticos -por designación- y los que la Ordenanza reglamentaria establezca deben presentar declaración jurada sobre su patrimonio al ingresar y egresar de sus funciones.
Que en ese sentido corresponde que esta Municipalidad regule dicha obligación a través de una normativa que ...
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